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Fideicomisos públicos y la huella del daño: junio 2021



El Gobierno federal, integrado por la administración de López Obrador y un Congreso dominado por Morena, pusieron en marcha una política fiscal durante los primeros dos años y medio de sexenio que ha debilitado a varias políticas públicas indispensables para el desarrollo de México, entre ellas a las propias finanzas públicas, lo que aumenta el riesgo de inestabilidad macroeconómica en el país. El riesgo país de México, medido a través del Índice de Bonos de Mercados Emergentes Global (EMBIG) de J.P. Morgan[1], se ubicó el 2 de julio de 2021 en 347 puntos base (pb), equivalente a 3.47 puntos porcentuales; en términos acumulados, ha disminuido 14 pb en lo que va de 2021. Al cierre de 2018, el EMBIG para México fue de 241 pb. Es decir, en la presente administración el riesgo país se ha incrementado 44% (106 pb).

A mitad de este preocupante panorama se verifica un fenómeno que es al mismo tiempo síntoma y causa, y que no se trata en la conversación pública con el cuidado y la precisión que debería. Y es que en lo que va de la presente administración, ya se utilizó prácticamente la mitad (48%) del patrimonio del Gobierno federal que se encontraba administrado en diversos fideicomisos. Debió perseguir una reforma fiscal que buscará aumentar la rentabilidad económica y social del gasto público y fortalecer los ingresos recurrentes que permiten financiarlo de manera sostenible; en su lugar, el Gobierno ha estado liquidando patrimonio (activos) para compensar la debilidad de los ingresos federales ante los aumentos en el gasto de programas sociales, transferencias a Pemex y proyectos de infraestructura que exceden su presupuesto (y que además son cuestionables por su falta de rentabilidad).

En el camino quedaron sin certeza de financiamiento varios fideicomisos y, con ellos, numerosos proyectos, programas públicos y objetivos de política pública, como la inversión en ciencia e innovación a través del Conacyt, la reparación del daño ocasionado a víctimas del Estado y la estabilización presupuestaria que se opera y financia a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP) desde el principio del milenio. Ésta tiene como objetivo suavizar los recortes en el gasto durante un año fiscal, cuando los ingresos programados son menores a los observados. Pero veamos cómo luce esto en números, comenzando con el FEIP.

‘Consumo’ a conciencia del patrimonio

Al inicio del presente sexenio el FEIP contaba con casi 300 mil millones de pesos (mmdp), pero al 30 de junio de 2021 sólo tiene 15.5 mmdp. Claramente esta administración hizo un uso exhaustivo del FEIP, pues lo usó de manera intensiva durante más de un año fiscal. Ahora está prácticamente extinto, por lo que hoy la estabilización presupuestaria es una política pública en agonía. El Gobierno federal ya no cuenta con los recursos de este fondo para atender la persistente debilidad de los ingresos, y cada vez quedan menos recursos “que se puedan utilizar” de los fideicomisos para financiar el presupuesto. El país está más expuesto que antes a una crisis de las finanzas federales que pueda afectar el equilibrio macroeconómico.

Al 30 de junio de 2021, SHCP reportó que cuenta con 301 fideicomisos, mandatos y actos jurídicos análogos sin estructura orgánica, los cuales suman un saldo de 508.4 mmdp. Esto significa que se han consumido 471.1 mmdp del patrimonio de fideicomisos desde inicio de la administración (2.5 años): 183.0 mmdp durante 2019, 176.0 mmdp durante 2020 y 112.2 mmdp durante el primer semestre de 2021.



De los 301 actos jurídicos –279 fideicomisos, 17 mandatos y cinco análogos–, registrados al segundo trimestre de 2021, 159 son federales y no están sujetos al decreto de extinción, mientras que 106 sí lo están –70 federales sujetos y 36 fondos mixtos Conacyt para estados–. También hay 36 estatales y privados, no sujetos al mencionado decreto.



Por otra parte, al analizar su tenencia por ramo administrativo, se aprecia que la SHCP, la Sedena y la Secretaría de Salud concentraron los fideicomisos que disponían del 90.5% del saldo total que aún quedaba en estas figuras al cierre de junio pasado. Tan sólo 10 fideicomisos concentraban el 75% de la disponibilidad total a esa fecha.

Visto por número de fideicomisos en operación, la mayor concentración estaba todavía en Conacyt (97 en total), a pesar de que varios fueron incluidos en el  decreto de extinción. Le siguen la SHCP (74) y la SEP (19), que en conjunto concentraron el 63% del número total.




¿Qué ha sucedido con la extinción de fideicomisos públicos?

El decreto de extinción impactó con fuerza en la opinión pública, sobre todo porque con esta iniciativa se retiró el financiamiento a ciertas causas urgentes o en beneficio directo de la sociedad, sin certeza de cuándo se restablecería o de si lo haría algún día. Destaca la cobertura de siniestros naturales, entre otros ya mencionados.

El 8 de octubre de 2020, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular el dictamen para la extinción de 109 fideicomisos, con un saldo equivalente a 68.5 mmdp, aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Senado el 19 de octubre de 2020.

Al momento del decreto de extinción, el saldo de los 109 fideicomisos era de 68.5 mmdp. Al 30 de junio de 2021, el saldo se redujo a 0.9 mmdp; es decir, a la fecha ya se transfirió a la Tesorería de la Federación casi la totalidad (67.6 mmdp) de los recursos autorizados en el Decreto[2]. Al 31 de diciembre de 2020 se registró una disponibilidad de 65.8 mmdp, lo que significa que en 2021 se han extinguido 64.9 mmdp, la mayor parte del total. Tomaremos este último dato para hacer el análisis, ya que no hay información sobre las extinciones que sucedieron en noviembre y diciembre de 2020. Es importante aclarar que aún hay un pequeño remanente pendiente por transferir de los recursos de los fideicomisos de Conacyt, SHCP, Cultura y Gobernación.



El proceso[3], en todo caso, ha sido más complejo que lo descrito por las autoridades, y posiblemente no libre de irregularidades. Aquí te explicamos las razones…

Primero, la mayor parte de los recursos (471.1 mmdp) que el Gobierno ha obtenido de esta ‘fuente’ provinieron de fideicomisos que no están extintos. De hecho, la mayor salida de recursos se observó en el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios FEIP, que no está incluido en el decreto de extinción:  representó el 63% (296.3 mmdp) del monto consumido. Éste nos parece excesivo, pues de acuerdo con las reglas del fondo y los parámetros establecidos en la Ley de Responsabilidad Hacendaria, se debieron extraer menos recursos y dejar una mayor reserva[4].

A través del decreto de extinción se obtuvo tan sólo 14% (64.9 mmdp); del Fondo de Salud para el Bienestar, 7% (33.0 mmdp); del Fideicomiso del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, 5% (21.6 mmdp); del Fonden 5% (25.4 mmdp), de los fondos Conacyt 3% (15.9 mmdp), y de otros fideicomisos cuyos recursos se traspasaron a otros programas o secretarías, 3% (14.0 mmdp). En ese último rubro se incluyó, por ejemplo, al Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, que asumió la Secretaría de Gobernación; al Fondo Metropolitano y Fondo Regional, que pasó al Programa de Mejoramiento Urbano a cargo de la Secretaría de Desarrollo Territorial, y al Fondo de Financiera Rural, que ahora forma parte del patrimonio de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA).



Segundo, el Gobierno obtuvo los recursos del decreto de extinción antes de concretar el proceso. De los 109 fideicomisos del decreto sólo se habían extinguido completamente tres, al 30 de junio de 2021. Pero ya se habían obtenido 67 mmdp de ellos. De los 106 actos jurídicos sujetos a la extinción derivada del decreto, se reporta una disponibilidad (remanente) de 905.6 millones de pesos. La extinción de los actos antes mencionados deberá concluir durante del ejercicio fiscal 2021, pero de los 301 actos jurídicos registrados al segundo trimestre de 2021, 233 se encuentran en operación y sólo 68 están en proceso de extinción o terminación. De éstos últimos, 30 están en la lista del decreto de extinción: uno corresponde a Comunicaciones y Transportes y 29 a Conacyt. Sin duda, deben acelerar el paso para cumplir con los términos del decreto de extinción.

Tercero, el Gobierno extinguió (dio de baja) otros fideicomisos que no estaban en el decreto de extinción. Al cuarto trimestre de 2020 se tenían 329 actos jurídicos registrados, y a junio de 2021 se reportan 301 actos jurídicos, lo que significa que de enero a junio de 2021 se dieron de baja 28 actos jurídicos, de los cuales sólo tres corresponden al universo de los 109 vinculados al decreto: 1) Mandato para la Administración de los Recursos del Programa de Cooperación Energética para Países de Centroamérica y el Caribe; 2) Fondo Institucional del Conacyt (FOINS), y 3) Fondo de la Financiera Rural. Los 25 restantes se extinguieron pero no estaban en el decreto.

Cuarto, el Gobierno extinguió fideicomisos antes del decreto. A marzo de 2020, los actos de extinción sumaban 30, con un monto de 1.9 mmdp.



Uno de los fideicomisos extinguidos más sensibles es sin duda el Fondo de Desastres Naturales (Fonden). De acuerdo con los artículos transitorios de la reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) del 6 de noviembre, los remanentes de recursos del Fonden se deben concentrar en la Tesorería de la Federación a más tardar el 30 de junio de 2021. Se definió que se seguirían empleando para la atención de desastres naturales, y que serían manejados directamente por la SHCP para tal objetivo, así como para cubrir las obligaciones pendientes y que no se pagarán con cargo al patrimonio del fideicomiso.

El pasado 27 de julio de 2021 la SHCP publicó en el DOF el “Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales, publicado el 3 de diciembre de 2010”, con lo que oficializó la desaparición del Fonden. El acuerdo para su extinción estuvo a cargo de la SHCP y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). Además, se reformó el artículo 37 de la LFPRH, el cual explica que el presupuesto para desastres naturales quedará bajo la disposición de la SHCP[5].

Ya quedó prácticamente vacío el Fonden: tenía 55.1 millones de pesos al 30 de junio de 2021, después de que al cierre de 2020 registrara 28.7 mmdp. La Unidad de Política y Control Presupuestario de la SHCP será la que emita y modifique las disposiciones que establezcan los mecanismos presupuestarios que permitan ejercer recursos para programas y proyectos que atiendan daños ocasionados por fenómenos naturales. Los convenios suscritos por la SHCP y la SSPC con las entidades federativas en relación con el Fonden continuarán vigentes hasta que se suscriban los instrumentos jurídicos que los sustituyan.

Es lamentable que el uso de los recursos de los fideicomisos se haya  consentido sin haber evaluado el impacto que tendría esta extinción en el desarrollo nacional. Queda pendiente calcular el costo de oportunidad de “matar” el financiamiento para ciertas políticas o bien, en el mejor de los casos, de mermar la certeza de estas políticas en torno a su financiamiento.

Se sabe de sobra que la SHCP tiene amplias facultades para reasignar las asignaciones autorizadas por los diputados, las que se establecen cada año en el decreto del PEF. Lo hemos visto en la práctica. ¿La SHCP cuidará el presupuesto asignado a la protección ante desastres naturales o lo reasignará  a las prioridades del presidente para complacerlo? 


Anexo. Fideicomisos con mayor disponibilidad de recursos



[1] Es la diferencia (spread o swap) entre la tasa de interés que paga los bonos emitidos por los países emergentes y la de los Bonos del Tesoro de Estados Unidos que se consideran «libres» de riesgo. Se expresa en puntos base (100 pb=1 punto porcentual). Los bonos más riesgosos pagan un interés más alto, por lo tanto el spread de estos bonos respecto a los bonos del Tesoro de Estados Unidos es mayor.

[2] “Decreto por el que se ordena la extinción o terminación de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos” fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 2 de abril de 2020.

[3] En el artículo Quinto Transitorio del “Decreto de Fideicomisos”#, publicado el 6 de noviembre de 2020 en el DOF, se estableció la obligación para los ejecutores de gasto, por conducto de sus unidades responsables, de coordinarse con las instituciones fiduciarias para llevar a cabo los actos y procesos necesarios para extinguir 109 actos jurídicos vinculados con las disposiciones que se reformaron o derogaron por virtud de dicho instrumento, con la finalidad de que durante el primer semestre del ejercicio 2021 se suscribieran los convenios de extinción o terminación respectivamente.

[4] Mariana Campos (2021), “Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (279.7 mmdp)”, Nexos, 1 de julio de 2021, https://www.nexos.com.mx/?p=57798

[5] Como parte de la reforma del 6 de noviembre de 2020 y la emisión del Decreto para ese fin se establecieron artículos transitorios, primero al vigésimo, en la la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), destacan los siguientes puntos: 1) Las dependencias y entidades, serían las encargadas de coordinar las acciones para concentrar, en la TESOFE la totalidad de los recursos públicos federales que formen parte de los fideicomisos, mandatos y análogos públicos previstos en las disposiciones que se abrogan, reforman o derogan en el Decreto, 2) que los recursos de Fondos Conacyt se concentran a más tardar el 30 de junio de 2021 en la TESOFE, 3) La Ley General de Cultura Física y Deporte establecerá los criterios y bases para el otorgamiento pensión vitalicia a deportistas olímpicos y paraolímpicos, 4) La Segob asumirá Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, 5) los recursos del Fondo Metropolitano y Fondo Regional pasan al Programa de Mejoramiento Urbano a cargo de la Secretaría de Desarrollo Territorial, 6) La extinción total del Fideicomiso para promover el acceso al financiamiento de MIPYMES y Emprendedores, 7) El Fondo de Financiera Rural formará parte de del patrimonio de FIRA..

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